Punto de encuentro

En un tiempo donde no abundan los soñadores, ni tampoco los locos cuerdos que quieran desfacer entuertos en nuestro mundo, Punto de Encuentro, quiere ser una instancia de diálogo para ayudar en la construcción de una sociedad más humana. Recordando al Quijote, ojalá hayan más que tomen su lanza y escudo para recuperar nuestra capacidad de soñar y de tomar el riesgo de la aventura.

lunes, febrero 20, 2006

La Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial entrará en vigor el 20 de abril


Treinta Estados han ratificado ya la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural e inmaterial, aprobada en octubre de 2003 por la Conferencia General de la UNESCO, con lo cual entrará en vigor el 20 de abril de 2006, esto es tres meses después del depósito del trigésimo instrumento de ratificación. Los Estados que han depositado ese instrumento son: Argelia, Mauricio, Japón, Gabón, Panamá, China, República Centroafricana, Letonia, Lituania, Belarrús, República de Corea, Seychelles, República Árabe Siria, Emiratos Árabes Unidos, Malí, Mongolia, Croacia, Egipto, Omán, Dominica, India, Viet Nam, Perú, Pakistán, Bután, Nigeria, Islandia, México, Senegal y Rumania. (falta nuestro país)

El Director General de la UNESCO, Koichiro Matsuura, se congratuló por la ratificación extraordinariamente rápida de este nuevo instrumento normativo, que va a entrar en vigor tan sólo dos años después de su aprobación por la Conferencia General. Esta celeridad revela no sólo el inmenso interés que suscita el patrimonio inmaterial en el mundo entero, tanto en los países del Sur como en los del Norte, sino también la conciencia de la urgencia que reviste su protección internacional, habida cuenta de las amenazas que se ciernen sobre él a causa de los modos de vida contemporáneos y los procesos de mundialización. Era absolutamente indispensable colmar este vacío jurídico en un ámbito esencial de la diversidad cultural y ofrecer a las culturas vivas, legadas por la tradición, los medios de preservación adecuados.

El Director General de la UNESCO, Koichiro Matsuura, se congratuló por la ratificación extraordinariamente rápida de este nuevo instrumento normativo, que va a entrar en vigor tan sólo dos años después de su aprobación por la Conferencia General. Esta celeridad revela no sólo el inmenso interés que suscita el patrimonio inmaterial en el mundo entero, tanto en los países del Sur como en los del Norte, sino también la conciencia de la urgencia que reviste su protección internacional, habida cuenta de las amenazas que se ciernen sobre él a causa de los modos de vida contemporáneos y los procesos de mundialización. Era absolutamente indispensable colmar este vacío jurídico en un ámbito esencial de la diversidad cultural y ofrecer a las culturas vivas, legadas por la tradición, los medios de preservación adecuados.

Esta Convención viene a complementar el dispositivo normativo de la UNESCO para la protección del patrimonio material y tiene por objeto contribuir a la salvaguardia de las tradiciones y expresiones orales -comprendidas las lenguas en su calidad de vectores del dicho patrimonio-, las artes escénicas, las prácticas sociales, los rituales, los acontecimientos festivos, los conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, y las técnicas artesanales tradicionales.Los Estados Parte en la Convención se comprometen a tomar las medidas necesarias para velar por la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial existente en sus territorios, así como a efectuar uno o varios inventarios de éste en colaboración con las comunidades y grupos que lo crean, mantienen y transmiten. A tal efecto, está previsto crear un mecanismo de cooperación y asistencia internacional.La Convención prevé la creación de dos listas: una Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad y otra Lista del patrimonio cultural inmaterial que requiere medidas urgentes de salvaguardia. La Convención prevé asimismo la creación de un Fondo para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, que se alimentará con los recursos procedentes de las contribuciones de los Estados Partes y con otras fuentes de financiación.
Fuente UNESCO

Expresiones del patrimonio cultural inmaterial

Recordemos que estas expresiones por sí mismas no representan el patrimonio; son las relaciones que se articulan entre los seres humanos, los significados y los usos de estas expresiones y objetos lo que constituye el patrimonio cultural inmaterial.
La intención es que cada uno de nosotros haga memoria del patrimonio inmaterial de su comunidad.
Algunos ejemplos son los siguientes:

Lenguas y expresiones orales

Conocimientos y prácticas sobre la naturaleza y el universo

Saberes culinarios

Medicina tradicional

Elaboración de objetos, instrumentos, vestuarios, construcciones y ornamentación corporal

Expresiones musicales y sonoras

Expresiones dancísticas

Expresiones rituales, escénicas, ceremoniales, actos festivos, juegos y deportes

Formas tradicionales de organización social, jurídica y política